¿En qué consiste el proceso de donación?

Los hospitales alertan a las OPO y a los bancos de ojos y tejidos regionales con respecto a todos los fallecimientos y fallecimientos inminentes.

  • Las OPO y los bancos de ojos y tejidos tienen acceso al Registro para determinar si un paciente es un donante registrado. Ni los hospitales ni los proveedores de atención médica tienen acceso al Registro.
  • Se evalúa al paciente para determinar si es médicamente apto para donar órganos y tejidos.
  • Si el paciente es médicamente apto para donar y es un donante registrado:
    • La OPO o el banco de ojos o tejidos se comunica con los familiares y les informa que su ser querido ha dado el consentimiento para donar sus órganos o tejidos.
    • Luego, la OPO o el banco de ojos o tejidos guía a la familia en el proceso de donación.
    • Posteriormente, la OPO o el banco de ojos o tejidos inicia el proceso de obtención.
    • Si el paciente puede ser donante, los órganos se asignan a beneficiarios según la compatibilidad, de conformidad con las directrices federales.
  • Si el paciente es apto para ser donante pero no está registrado:
    • La OPO o el banco de ojos o tejidos se comunica con los familiares o las personas autorizadas a tomar decisiones en nombre del paciente.
    • Luego, la OPO o el banco de ojos o tejidos le explica a la familia el proceso de donación.
    • Luego, se les pide a las personas autorizadas para tomar decisiones que decidan si el paciente donará o no sus órganos y tejidos.
    • Si dichas personas otorgan el consentimiento para donar, la OPO o el banco de ojos o tejidos inicia el proceso de obtención.
    • Si el paciente puede ser donante, los órganos se asignan a beneficiarios según la compatibilidad, de conformidad con una lista de espera administrada a nivel federal.
  • Si el paciente no es médicamente apto para donar órganos o tejidos, no se solicitará a la familia que considere la donación.

Si usted fallece fuera del hospital, podría ser posible la donación de ojos y tejidos. Su familia deberá notificar de inmediato al médico forense o a la funeraria sobre su fallecimiento y sus deseos.